UNIVERSIDAD DE
PAMPLONA
PROGRAMA: LIC. EN
LENGUA CASTELLANA Y COMUNICACIÓN
SEMESTRE: III
ESTUDIANTE: YEISON
MAURICIO GIRALDO
ÁREA: PROBLEMAS
RURALES EN COLOMBIA
TUTOR: MARTHA LUCIA
ARREDONDO NARVAEZ
CALI, MAYO 05 DE 2012
En
Colombia, el desplazamiento forzado ha estado presente en el acontecer
histórico del país, desde su conquista, hasta hoy. Para entender el concepto del desplazamiento es
importante resaltar las definiciones del término como tal, de esta manera
observar sus clasificaciones y finalmente las consecuencias jurídicas de éste
fenómeno humano que involucra el Estado y las personas víctimas, quienes sufren
una grave y masiva violación de sus derechos fundamentales, lo que las hace más
vulnerables dentro de la población vulnerable.
La
Constitución Política de Colombia de 1991, introdujo una serie de principios
rectores en el ordenamiento jurídico y que permiten que el Estado sea
calificado como Social de
Derecho;
además de darse a sí misma tal denominación en el artículo 1 de la carta. Tal
calificación implica amplias responsabilidades del Estado en el ámbito de la materialización de
la justicia social, que conlleva a que el mismo debe asegurar la dignidad, la
paz y la convivencia de todos los ciudadanos y observar especial cuidado con
aquellos individuos que se encuentran en condiciones diferenciales a la mayoría
de los demás habitantes, como ocurre con las personas en situación de
desplazamiento.
En el
caso colombiano las personas desplazadas por
la violencia representan un porcentaje significativo del total de la
población y a nivel mundial es el segundo país con mayor número de desplazados
internos, por esta razón, el estado debe destinar recursos suficientes para
atender las necesidades básicas de quienes han perdido sus pertenencias, su
cultura, su forma de vida, su tranquilidad y en la mayoría de los casos hasta
sus familiares.
Las
necesidades de la población desplazada por la violencia van más allá de la
simple subsistencia diaria, toda vez que implica o debería implicar ayuda en
aspectos tan relevantes como la atención psicológica, con el fin de superar los
traumas y secuelas del conflicto, que le permitan a éste retornar a sus raíces
sin el temor de sufrir nuevamente las amenazas contra su vida, para de esta
forma afrontar la realidad y ser los propios actores de su proyecto de vida.
El
desplazamiento interno, se produce al interior de un país, puede ser de forma
masiva, individual o familiar, asociado a diferentes fenómenos, como la
violencia, conflicto armado o desastres naturales. Por otra parte el
desplazamiento forzado por la Violencia, es la acción llevada a cabo por una o
varias personas, las cuales deben huir de su lugar de origen o de donde tienen
fijada su residencia habitual, con el fin de evitar las consecuencias de un
conflicto armado el cual es causado por la guerrilla.
Como
consecuencia del desplazamiento, se dan para las personas cambios de los
lugares de habitación, al igual que de las actividades económicas y rutinarias.
El
desplazamiento forzado por la violencia, tal y como su nombre lo indica,
presenta dos factores que lo hacen inconfundible, estos factores son: Primero:
la presión ejercida por grupos violentos, ya sea por los actores de un
conflicto armado o por la delincuencia común u organizada; Segundo: el traslado
del lugar habitual donde una persona o
un grupo de personas tienen fijada su residencia habitual.
La
lectura del anexo es clara en la información que brinda al mostrar las causa de la violencia que se vive en Colombia,
las personas que viven en el campo y en las ciudades, se ven obligadas a
desplazarse de su lugar de origen o del lugar donde tienen fijadas sus
residencias y sus actividades económicas, para irse a otro sitio en busca de
condiciones mínimas de seguridad para custodiar su vida e integridad personal y
las de sus familias. Este desplazamiento no se produce de manera voluntaria,
son las condiciones de inseguridad las que obligan a huir a las personas. En
ese sentido, no se trata sólo de un problema de movilización de un lugar a
otro, se trata de romper con las relaciones individuales, familiares,
comunitarias, lo que ocasiona desarraigo.
Teniendo
como base el texto precedente, las personas que se ven obligadas a desplazarse,
son víctimas de una total violación de sus derechos fundamentales, como son el
derecho a una vida digna, el derecho a escoger el lugar donde fijar su
residencia habitual, el derecho al trabajo, a la salud, entre otros. Los
cuales, en un Estado Social de
Derecho,
deberán estar garantizados por el Estado;
sin embargo, como se trata de personas, que por regla general pertenecen
a sectores marginados de la sociedad, como son los campesinos y los pobres de
las ciudades que viven en los estratos 1 y2, el
Estado
se olvida de ellos, hasta que aparecen las situaciones de violencia que los
obligan a huir y dejar su cotidianidad, es en este momentos cuando el Estado se
entera de que estas personas existen y que debe proveerles condiciones mínimas
que le permitan la garantía y protección de sus derechos fundamentales.
Al
respecto conviene señalar que en el ámbito nacional, se ha desarrollado un
cuerpo normativo amplio con el fin de regular y adoptar las disposiciones
pertinentes que permitan prestarle la atención y asistencia a la población en
situación de desplazamiento. Entre otras leyes, están: La Ley 387 de 1997, por
la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la
atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de los
desplazados internos por la violencia en la República de Colombia, en su
artículo primero, define la condición de desplazado así:
“…Es desplazado toda persona que se ha visto
forzada a migrar dentro del territorio nacional abandonando su localidad de
residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su integridad
física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran
directamente amenazadas, con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones: Conflicto
armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada,
violaciones masivas de los Derechos
Humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario u otras
circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o
alteren drásticamente el orden público…
LEY
387 DE 1997, POR LA CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS
PARA
LA PREVENCIÓN DEL DESPLAZAMIENTO FORZADO;
LA
ATENCIÓN, PROTECCIÓN, CONSOLIDACIÓN Y
ESTABILIZACIÓN
SOCIOECONÓMICA DE LOS DESPLAZADOS
INTERNOS
POR LA VIOLENCIA EN LA REPÚBLICA DE
COLOMBIA
Por
medio de esta Ley, y dado el fenómeno del desplazamiento que se presenta con
mayor relevancia en el país, Colombia, se convierte en uno de los primeros
países que se ocupa de regular el fenómeno del desplazamiento interno.
A
través de esta, se conceptualiza respecto a los derechos y garantías de la
población en situación de desplazamiento (PSD), al igual que se regula la atención integral a la población
desplazada, también se reglamentan las condiciones de protección y asistencia
durante el desplazamiento, el retorno o el reasentamiento y la reintegración.
Esta
Ley se constituye en el primer reconocimiento que el Estado colombiano hace de su
responsabilidad sobre el fenómeno del desplazamiento y determina los mecanismos
de prevención de esta situación y la atención que deben tener las víctimas de
estas circunstancias. En ese sentido, en su artículo 3º, dice:
“…Es responsabilidad del Estado colombiano
formular las políticas y adoptar las medidas para la prevención del
desplazamiento forzado; la atención, protección y consolidación y estabilización
socioeconómica de los desplazados internos por la violencia. Para efectos del
inciso anterior, se tendrán en cuenta los principios de subsidiaridad,
complementariedad, descentralización y concurrencia en los cuales se asienta la
organización del Estado colombiano…”
DERECHOS DE LOS DESPLAZADOS
Como
asociados del Estado Colombiano, las personas en situación de desplazamiento
gozan de los mismos derechos de quienes no se encuentran en esta problemática.
Sin embargo, dada su condición de manifiesta debilidad, estas personas tienen
unos derechos prevalentes, puestos que a ellos les han sido vulnerados derechos
tan importantes como la libertad, la dignidad, el trabajo, e incluso, se ha
puesto en riesgo hasta su vida.
De otro
lado, al marcharse de su entorno permanente, ellos se encuentran en una situación
de desarraigo y de debilidad, siendo al Estado a quien le compete su cuidado y
atención, puesto que es éste quien debe promulgar por el mantenimiento del
orden y la seguridad de los pobladores del territorio Colombiano y por lo
tanto, debe resarcir el daño que se ocasiona por su falta de protección, ya que
no se les garantizó la protección de su vida, sus bienes y su integridad física
y moral.
Mi
conclusión final acerca de este grave problema que aqueja a mi país seria, que
en Co no existiera violencia y con ello, las causas del desplazamiento forzado
desaparecerían y por tanto, las víctimas de este conflicto no tendrían que
seguir soportando trámites burocráticos, largas filas para que les den una
respuesta a sus solicitudes, funcionarios incapaces y groseros tratándolos como
si les estuvieran haciendo un favor y no cumpliendo con la responsabilidad que
les fue dada cuando fueron nombrados y posesionados en una institución que debe
prestar atención a la población desplazada, a más de tener que soportar las
constantes críticas de quienes dicen que los desplazados se están volviendo mendigos
y dependientes de la ayuda nacional e ignoran que son sus derechos los que reclaman,
derechos estos que debieron ser custodiados y protegidos por el Estado y por ello,
exigen de él su reconocimiento.
Un
componente de la atención a la población desplazada que debe revisarse y
tenerse en cuenta como instrumento para la cesación de tal condición es el
componente de la estabilización socioeconómica, puesto que con el desplazamiento
se pierden activos y la capacidad económica, seguido de lo difícil que es acceder
al mercado laboral, lo que produce en los desplazados un deterioro de sus
condiciones de vida que el paso del tiempo no remedia y que por el contrario
aumenta. Es por ello, que la estabilización socioeconómica, requiere ajustarse
con el fin de que sea efectiva y los desplazados puedan tener nuevamente
capacidad productiva que les permita tener mejores ingresos y con ello vivir dignamente.
ANEXOS